Comenzamos reseñando la vital importancia del artículo 217 de la LEC en materia relativa a la carga de la prueba y las consecuencias derivadas de la carencia probatoria, precepto que, en sus apartados 2 y 3, establece que corresponde al actor y al demandado reconviniente la carga de probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda el efecto jurídico correspondiente a.. art 217 lec. El artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil española hace referencia a la carga de la prueba en una sentencia. Tras la actualización del 01/03/2023, que entró en vigor el 02/03/2023, se modifica el apartado 5 por la disposición final 5.3 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero. Antes, decía lo siguiente:

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Carga de la prueba del actor. A tenor del art.217.2 LEC -EDL 2000/77463-, corresponde al actor y al demandado reconviniente la carga de probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a las pretensiones de la demanda y de la.. ARTÍCULO 217 Carga de la prueba. 1. Cuando, al tiempo de dictar sentencia o resolución semejante, el tribunal considerase dudosos unos hechos relevantes para la decisión, desestimará las pretensiones del actor o del reconviniente, o las del demandado o reconvenido, según corresponda a unos u otros la carga de probar los hechos que.